martes, 8 de septiembre de 2015

¿Divorcio a la Bergoglio?

No entiendo nada de derecho canónico y, por tanto, habrá que esperar a que los que entienden puedan dar una opinión acerca del Motu Proprio del Papa Francisco que agiliza el proceso de nulidad matrimonial disponiendo que sea el propio obispo de los cónyuges quien actúe como juez y dicte sentencia, la cual será definitiva sin necesidad de segunda instancia como ocurría hasta ahora.
Lo que sí llama mi atención de neófito es que se agregan a las ya definidas por el Código de Derecho Canónico (c. 1683-1687), de un modo más bien vago e indefinido y con un inquietante etcétera final, otras “circunstancias que pueden consistir tratar las causas de nulidad del matrimonio por medio del procesos breve”. Ellas son (Art. 14 § 1.):
1. Falta de fe que puede general la simulación del consenso o el error que determina la voluntad;
2. la brevedad de la convivencia matrimonial;
3. el aborto procurado para impedir la procreación;
4. la obstinada permanencia en una relación extraconyugal al momento de la boda o en un tiempo inmediatamente sucesivo;
5. el ocultamiento doloso de la esterilidad o de una enfermedad grave contagiosa o de hijos nacidos de una relación precedente o de un encarcelamiento;
6.  la causa del matrimonio totalmente extraña a la vida matrimonial o consistente en el embarazo imprevisto de la mujer;
7. la violencia física utilizada para lograr el consentimiento;
8. la falta de uso de razón comprobada por documentos médicos;
9. etc.

Pregunto:
2. ¿Quién y cómo se determina la brevedad? ¿Cúantos días, o meses o años se consideran breves para la convivencia matrimonial? ¿Podría un obispo, por ejemplo, determinar que hasta 2 años de convivencia es “convivencia breve”? 
4. Si el novel esposo comienza una aventura extraconyugal con su nueva compañera de trabajo tres meses después de su matrimonio ¿es causa de nulidad? ¿Qué significa “obstinada? ¿El touch and go vale? ¿O deben ser más de 10 encuentros? ¿Qué tipos de encuentros? ¿No es que las causas de nulidad debían ser antecedentes?
6. No entiendo.
8. ¿Una depresión mayor supone la falta de uso de razón? Quizás el CIC determine qué entiende concretamente por “uso de razón”. Si no lo hace, me parece que es una puerta abierta para que la doña se consiga de su psiquiatra un certificado diciendo que en el momento del matrimonio estaba medio pirada para que el obispo sentencia la nulidad.
9. ¿Quién va a llenar ese etcétera? ¿El obispo de cada diócesis que podrá agregar, según su criterio pastoral, nuevas causas de nulidad?


Insisto. El documento acaba de aparecer y yo no entiendo de derecho. Solamente tengo dudas.  

128 comentarios:

  1. Las preguntas que se hacen son irrelevantes porque los instructores no se las van a hacer.

    La cuestión fundamental está en que el obispo diocesano es el juez y que la Conferencia Episcopal ha de respetarlo en el ejercicio de su ministerio apostólico a la hora de juzgar las nulidades.

    La descomposición va a ser muy rápida pues el comportamiento humano es fundamentalmente imitativo sin auxilio de la Gracia.

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  2. Yo tampoco sé nada de derecho canónico, y de las causales no voy a opinar. Pero por lo que he podido leer hasta ahora, me resulta incompatible garantizar el rigor de la sentencia cuando a la vez se suprime una instancia procesal (la segunda revisión), se fuerza a acortar los plazos, y se abaratan los costos. Si esto no es divorcio a la católica, que alguien me diga qué es. Si no se puede pasar por la vía de Kasper por la alta oposición encontrada, vamos por el camino de las nulidades baratas.
    Gabriela

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  3. Sabemos que hay muchisimos matrimonios nulos hoy día por la perdida de la Fe y el uso de la religión como convención social. Por lo tanto, si alguien realmente sabe que su matrimonio fue nulo, que se agilice el proceso judicial es algo bueno.

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  4. Los primerió, al más puro estilo Bergoglio, y peronista. Dejó pagando a la mayoría conservadora del Sínodo, cuyas discusiones en octubre sobre la comunión a los divorciados será en abstracto. De hecho, los divorciados vueltos a casar podrán comulgar luego de un trámite express y gratuito de nulidad que vendrá conjuntamente con un nuevo matrimonio.
    Seguramente, encontrarán una causa de nulidad entre la multitud que permite el motu proprio y, si no la encunetran allí, un buen abogado la encontrará en el etcétera final.
    Como dijo el obispo melquita (catolico de rito oriental), esperaban con ansias esta apertura porque los matrimonios en su rito son en su mayoría mixtos y el cónyuge católico terminaba divorciándose a la oriental. Es decir, el Papa, de hecho, adoptó la economía matrimonial de las Iglesias ortodoxas.

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  5. La pregunta es si esto que desató acá abajo queda desatado arriba.....

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  6. Pregunto : ese etc. quiere decir que pasamos de estar bajo el imperio de la doctrina católica a someternos al criterio del obispo?

    Que clericalista que se pone la cosa!

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  7. Me parece que lo que algunos cardenales serios deberían analizar es la NULIDAD del pontificado de Francisco.

    No lo digo en broma. Digo que, al menos se podría empezar a estudiar el tema organizadamente y en serio. Los files laicos nos merecemos al menos que nos saquen de la duda.

    Tío Ramón.

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  8. Lo de la economía de las Iglesias ortodoxas ya lo había hablado en un avión.

    Lo de gratuito causa gracia porque cuando era arzobispo de Buenos Aires había aumentado considerablemente las "tarifas".

    Tenemos varios obispos que no llegan a comprender el orden de la gracia y hablan de "permisos" para comulgar. Bueno, ésos decidirán si un matrimonio es nulo.

    En definitiva parece que le dio una navaja a un montón de monos.

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  9. Estas divagaciones juridicistas no tienen ningún sentido.
    Se fundan únicamente en actos extrínsecos sin consideración de
    disposiciones interiores respecto de la fe y/o intenciones morales.
    Mejor sería abdicar de la función judicial y dejarle este asunto a Dios.
    De lo contrario se cae en un montón de conclusiones absurdas,
    ridículas, irreales, que causan descrédito e hilaridad.
    La realidad supera, desborda y rebasa cualquier canonismo.
    Hay que dedicarse a predicar la fe y que Dios juzgue el resto.

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  10. Wanderer, son “circunstancias que pueden consentir tratar las causas de nulidad del matrimonio por medio del procesos breve”

    "Tra le circostanze che possono consentire la trattazione della causa di nullità del matrimonio per mezzo del processo più breve secondo i cann. 1683-1687, si annoverano per esempio:"

    Con respecto a su pregunta 4, en "obstinada permanencia en una relación extraconyugal al momento de la boda o en un tiempo inmediatamente sucesivo" está implícito que esa relación venía de antes de la boda. Caso contrario no sería "permanencia" sino "caída". A mi juicio la cláusula "o en un tiempo inmediatamente sucesivo" cubre el caso típico y previsible de que el pseudo-cónyuge que venía arrastrando esta relación extraconyugal interrumpió las citas con su amante durante la luna de miel.

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  11. El aborto procurado ¿¿"para impedir la procreación"??????

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  12. EN HUNGRIA UN OBISPO SE REBELA CONTRA LA ACOGIDA DEL PAPA A LOS MIGRANTES

    http://www.courrierinternational.com/article/hongrie-un-eveque-se-rebelle-contre-lappel-du-pape-pour-laccueil-des-refugies

    Dice que Francisco no sabe de lo que habla, pues se trata de una invasión.

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  13. Quiero hacer dos comentarios:
    ·
    Uno.- Ningún proceso de nulidad es “gratuito” porque no hay nada gratuito, lo único que puede cambiarse es “quién paga los gastos”. Se pretende que los cónyuges no paguen los gastos (¿tampoco los de sus respectivos abogados?), pero el coste del procedimiento existe, por lo tanto “otro” pagará la gratuidad. ¿Tal vez la diócesis?, entonces los pagarán todos los fieles de la diócesis con sus limosnas. ¿Vendrá alguien a decirnos luego que ese dinero se debería dar a los pobres?.
    ·
    Dos.- Se echa en falta alguna preocupación por que se produzcan “tantos” casos de nulidad y no se intente poner remedio en el origen del mal. El procedimiento para preparar y celebrar el matrimonio tendría que ser suficientemente serio y cuidadoso para que no se produjeran matrimonios nulos en su origen, es decir matrimonios “mal” celebrados, que no deberían haberse celebrado nunca; o al menos que su número quedara reducido a casos verdaderamente excepcionales.
    ·
    Ignoro el porcentaje de matrimonios declarados nulos, pero tengo la seguridad de que será muy superior al de ordenaciones sacerdotales nulas, o bautismos nulos, o confirmaciones nulas; y esto da que pensar.
    Paralelamente, si lo comparamos con el Derecho Civil de los estados, el porcentaje de nulidades canónicas sobre el total de matrimonios canónicos es muy pero que muy superior al porcentaje de matrimonios civiles nulos sobre el total de matrimonios civiles.
    ·
    El problema es que en la práctica, los procesos canónicos de nulidad matrimonial se han convertido en un sucedáneo del divorcio.

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  14. ¿ Por qué el aborto procurado para evitar la procreación se convierte en causa de nulidad?
    Si el matrimonio es válido es válido y eso no cambia aunque los cónyuges se conviertan en asesinos a sueldo o ladrones de banco o traficantes de drogas o...abortistas.
    Yo tenía entendido que la Iglesia no anula matrimonios sino que reconoce que, en determinados supuestos, esos matrimonios nunca existieron ; son nulos.
    Pues si eso es así pongamos el caso de un matrimonio con todas las de la ley que a los, por ejemplo, diez años de casados, deciden abortar un hijo. ¿ Ese matrimonio se convierte en nulo? ¿ Incluso en los diez años anteriores al aborto ?
    Seguro que he entendido mal pero si alguien tuviera la amabilidad de explicármelo se lo agradecería mucho.

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  15. En alguna parte leí que los jesuitas son buenos en casuistica

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  16. Esto es como cuando el dueño de la pelota decide cómo se forman los equipos, quien mueve, quienes van al arco, quien patea los penales y, en definitiva, quien gana el partido. JB es un caprichoso que no puede soportar que se le planten y viendo que a su sínodo se le venía la noche, los dejó a todos pedaleando en el aire. Pinchó la pelota y se fue a pasear y les dijo: "ahora jueguen, si pueden".

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  17. Ahora... si esa es nuestra ley, ¿seguimos siendo católicos o somos protestantes?
    No es una pregunta retórica, ni una hipérbole.
    Lo pregunto en serio.

    J.-

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  18. LEAN EL ULTIMO POST DE SANDRO MAGISTER

    http://chiesa.espresso.repubblica.it/articolo/1351127?sp=y

    les paso el inicio.....

    ROMA, 8 de setiembre de 2015 – "La Civiltà Cattolica" no es una revista cualquiera. Escrita exclusivamente por jesuitas, sus borradores pasan desde siempre a la pantalla de las autoridades vaticanas, antes de la publicación. Con Pío XII era personalmente el Papa quien ejercía este control e inspiraba algunos artículos. Juan XXIII dejó hacer a la Secretaría de Estado, al igual que sus sucesores.

    Pero con Francisco el vínculo entre el Papa y la revista es de nuevo directo. El actual director de "La Civiltà Cattolica", el padre Antonio Spadaro, mantiene con Jorge Mario Bergoglio una relación muy estrecha y confidencial, hasta haberse convertido en el príncipe de sus entrevistadores e intérpretes.

    Todo lo que esta revista escribe respecto al sínodo sobre la familia tiende, entonces, a ser reorientado hacia él, hacia Francisco.

    En efecto, todos los artículos publicados hasta aquí sobre este tema se inclinan en forma más o menos marcada a sostener ese "proceso" de actualización de la pastoral del matrimonio con la consigna de la "misericordia", lo cual resulta ser el intento real del Papa y que para muchos – incluidos algunos escritores de "La Civiltà Cattolica" – debería concretizarse en la admisión a la comunión eucarística de los divorciados que se han vuelto a casar y en la bendición de las uniones homosexuales.

    El último cuadernillo de la revista y un libro de inminente publicación son la enésima prueba de esta orientación.

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  19. De acuerdo con la opinión de las 13:52
    Al final, el Derecho Canónico es casi puro positivismo.
    Voluntad del legislador, que le dicen.
    "Perche mi piache" o "se me canta", diría Bergoglio.
    Algo tan intocable como el matrimonio indisoluble, ahora parece que no es así.
    Y yo no me quejo, porque lo otro es inhumano.
    Yo agarro los libros de Derecho y les prendo fuego.

    Savonarola

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  20. LA FRASE DEL AÑO: "Ya me harté, y estoy a punto de dejar la Iglesia.

    Creo que me voy a convertir al Catolicismo"

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  21. A mi me parece muy bien .

    Los mas interesados por estas medidas son católicos tradis ( conozco algunos y los que opinan en este blog tambien ..... )... Pues los progres , católicos liberales y libertinos , no les importa nada .


    PS

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  22. el hombre de visognè castaño8 de septiembre de 2015, 17:06

    ¡El embarazo imprevisto de la mujer!
    Desde que la Iglesia es la Iglesia el "casamiento de apuro" se hizo y fue una excelente manera de desfazar el entuerto. Ella un poco arrepentida, el novio al menos lo simulaba, ambos se confesaban, se casaban y llegaban a formar familias cristianas. Conozco muchas.
    ¿Y ahora eso mismo es causal de nulidad matrimonial? ¡De verdad!
    ¿Y desde la vigencia de esta reforma o se retrotrae a casorios pasados?
    ¿Y la conciencia de los bragueteros de tiempos mozos queda como si nada ya enterados de esto?
    Y para peor, si van a preguntarle a su obispo, con lo que son los obispos... ¿hacen un innecesario nuevo casamiento, se abstienen de comulgar o se cortan los huevos?, ¿se "soluciona en la raiz" por la llegada de nuevos niños y por los años de matrimonio ejemplar? ¿No se soluciona nada?

    Que alguien envenene a este hombre.

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  23. No soy abogado.
    Soy Contador, pero algo tengo claro en función a la base jurídica que he recibido en mi formación.
    El "etc" del punto 9 es inadmisible, puede englobar todo, prácticamente esta dando lugar a que cualquier cosa sea tenida en cuenta.

    Por otro lado, queda en manos del Obispo el que de lugar o no a esos argumentos.

    En conclusión, uno va a poder pedir el divorcio por cualquier cosa, y un obispo (de los que tenemos hoy por hoy que son un mamarracho en materia doctrinal, ni hablar en materia moral) va a autorizar la nulidad matrimonial automática.

    Hizo una gran peroncheada y aprobó el divorcio y la comunión de los vueltos a casar.
    No se que tenemos que hacer, pero yo ya no lo reconozco mas como Papa y lo considero Hereje.



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  24. Desde hace cuarenta años vengo diciendo que casi la mayoría de los matrimonios son canónicamente nulos. Veo que ahora se recogen esas causales, que en la pastoral son evidentes.
    El problema es que se siguen celebrando esos matrimonios, sin tomar en serio las cosas.
    El otro problema es que en el clima de superficialidad en que nos movemos puede terminar siendo todo esto efectivamente como un divorcio católico exprés.
    Hay que reconocer que el matrimonio cristiano es algo muy exigente y que sólo deben ser admitidos quienes hagan una especie de catecumenado conducente para llegar de un modo mas adecuado. Igual siempre será una gran desafío. Pero no este reparto de bendiciones con alfombra, flores y música, a que estamos acostumbrados cada sábado.
    En resumen: no es mala la medida si se encuadra en un giro fuerte a la identidad y exigencia del sacramento. Cosa que no veo en el horizonte.
    Entonces: servirá para arreglar algunas injusticias y puede servir para que algunos vivos sigan fingiendo ser católicos. Pero Dios juzgará.....
    Juan el Gris

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  25. La Iglesia hasta ahora no consideraba la anulabilidad del matrimonio, o lo que es lo mismo, el divorcio. Sólo la nulidad, lo que quiere decir que el error en la materia o en la forma tiene que darse de raíz, previo o durante la celebración del sacramento.

    Si se introducen causas sobrevenidas posteriores al matrimonio (como parece deducirse de algunos de los casos en cuestión) se está introduciendo el divorcio en la doctrina de la Iglesia. Ni más ni menos.

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  26. Juan el Gris, coincido con su comentario

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  27. Lo de "atar y desatar" se refiere al perdón de los pecados y a la potestad de excluir a los fieles de la comunión con Dios y con la Iglesia. Ni el Papa ni nadie pueden modificar la ley divina; las causas por las cuales se determina que un matrimonio no ha existido nunca no son decretadas por el Papa, sino deducidas de la naturaleza misma del matrimonio. Si existe matrimonio «in re» seguirá existiendo, así lo declaren inexistente diez Papas y veinte concilios. Esta es una disposición que tranquilizará la "conciencia legal" de la derecha catolicista (o neocones, o como los quieran llamar), que se convencerá y querrá convencer a los demás de que Francisco les puso la tapa a los Marx, Kasper y cia.
    Para la inmensa mayoría de los bautizados no será más que un tenue y demorado signo de progreso y no tendrá mayores efectos prácticos, porque no creen en el matrimonio y les importa tres cominos lo que diga la Iglesia.
    En cuanto al propósito de agilizar los trámites, es positivo, siempre y cuando no se haga a costa de la seriedad del proceso.

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  28. Mire usted que esto es más o menos la disolución de la Iglesia (o su muerte); en términos proféticos, estaríamos asistiendo a su crucifixión, y estaríamos como a las 9 o 10 de la mañana del viernes santo.

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  29. Anónimo de las 14:24, intento una explicación.

    Se me ocurren dos formas en que el "aborto procurado" puede ser causal de nulidad. Insisto, se me ocurren, no soy especialista en derecho canónico ni por lejos.

    Una cuando es consensual y en el primer embarazo, porque muestra que no hubo voluntad procreativa al momento del consentimiento.

    Otra cuando es unilateral (el aborto por parte de la mujer, la propuesta de abortar por parte del hombre), encuadrado en la figura "error acerca de una cualidad de la persona". Cuyo ejemplo típico es cuando la mujer cree que se casa con un empresario honesto y después descubre que es un narco. O cuando cree que se casa con alguien respetuoso y después descubre que es un abusador psicológico y/o físico.

    En este caso uno de los contrayentes creyó que se casaba con una persona de cierta calidad moral/espiritual y después descubrió que no la tenía.

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  30. Siempre se pensó que esto de las nulidades servía a gente de alcurnia que podía pagarse buenos abogados y obtener la nulidad deseada.
    Sentado el principio de la nulidad, la gratuidad y la celeridad no deberían constituir un problema.
    El problema está en las causales de nulidad, en la medida que éstas se han ido ampliando en forma peligrosa.

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  31. Hay que reconocer que Francisco es un genio político. Con una sola medida:
    1) quedó muy bien con los progres y con los Elisabettos Piqués, ya que relajó una disciplina dura, lo cual siempre está muy bien visto.
    2) liquidó el partido de Kasper, y por tanto la posibilidad de escándalo en el Sínodo. Si ahora hay muchas ("etc.") posibilidades de nulidad, entonces el que está divorciado y no anula -y por tanto no puede comulgar-, lo hace por simple capricho. Así que lo de Kasper ha pasado a ser un 'no-tema'.
    3) le tiró a los obispos la responsabilidad de decidir -sin instancia de apelación- cuál matrimonio es nulo y cuál no, y de bancarse ellos solos las protestas y presiones en la prensa de quienes no logren pasar ni con el "etc.".
    Como movida política, es sencillamente genial.

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  32. En efecto, anular matrimonios solucionados en la raiz (porque al contraerlo no querian procrear o "ahora" porque ella se caso embarazada aunque luego hayan vivido juntos cristianamente), o matrimonios que no fueron nulos y luego la mujer decidio por la suyas hacerse un aborto, es ex-ac-ta-men-te lo mis-mo que "divorciarlos". Pues esos matrimonios nacieron "validos" o se "validaron con el tiempo". No son nulos.

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  33. En cuanto al aborto provocado como causa de nulidad, si no estoy mal informado para que el matrimonio sea válido tiene que haber intención de mantenerse fieles, mantener la unión toda la vida y tener hijos. Un aborto provocado negaría ésta última.

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  34. En el terreno civil, la ley de divorcio tuvo como consecuencia, allí donde se implantó, que cada vez se casara menos gente. El principal atractivo de la institución matrimonial era, precisamente, su indisolubilidad. Después de todo ¿para qué formalizar un vínculo que no tiene estabilidad, que puede ser disuelto ad libitum? Y así la gente dejó de casarse para pasar a vivir directamente "en pareja", lo que con más precisión la gente humilde todavía llaman concubinato. Esto no es una idea mía, es estadística pura y dura. Mientras el civil se derrumbaba como castillo de cartas, el matrimonio católico permanecía, más o menos, a resguardo de esas consecuencias, y digo más o menos, porque la mentalidad del mundo no es totalmente ajena a la gran mayoría de los católicos que viven la tensión de la doble jurisdicción matrimonial. Y si algunos, o incluso muchos matrimonios católicos fracasaban, la institución permanecía incólume como un faro luminoso en medio de la tempestad. Si luego del divorcio el matrimonio civil ha prácticamente desaparecido ¿Por qué habría de tener distinta suerte el matrimonio religioso luego de la "nulidad express"? ¿Para qué casarse si prácticamente cualquier razón justificaría la disolución del vínculo y además mediante un proceso simplificado al extremo? ¿2000 años de historia y de experiencia canónica pueden tirarse por la borda de un plumazo? Si se apaga el faro, quedamos en la oscuridad y a merced de las olas.

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  35. Me tomo el atrevimiento de sugerir lo que sigue:

    Un obispo húngaro se rebela contra el Papa: "Se equivoca, esto es una invasión"

    http://m.libertaddigital.com/internacional/europa/2015/09/08/un-obispo-hungaro-se-rebela-contra-el-papa-se-equivoca-esto-es-una-invasion-1276556542/

    Esta sugerencia ya la hizo un lector de este blog. Ahora va en español.

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  36. Cuando habla del aborto en el punto 4 se refiere a un caso en que por ejemplo la mujer se hace un aborto sin el consentimiento del padre.
    En ese caso el Padre puede pedir la nulidad puesto que su esposa no esta cumpliendo con la finalidad principal del matrimonio que es la procreación.
    (Seria el caso del ultimo hijo del Michael en el Padrino II, en el que la mujer le dice que se hizo un aborto para no traer al mundo a un hijo suyo).

    Eso es lo que me parece a mi.

    Saludos

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  37. Considero que, antes que desesperar, habrà que aguardar las opiniones de los canonistas acerca de los aspectos incomprensibles que se desprenden de la letra de este "Motu Proprio" (ese "etcètera" es lo màs a-jurìdico y disparatado que vì en mi vida). La supresiòn de una segunda instancia agravia seriamente la defensa del vìnculo (estamos hablando de un Sacramento, no se ponerse o quitarse un sombrero). Me pregunto: ¿los jueces del Tribunal de la Sacra Rotta de Roma se jubilaràn en masa?, los dejan sin competencia alguna parece. Con un barniz de "misericordia" creo que se està gestando un soberano despelote teològico, moral y jurìdico. ¡Los obispos actuando como jueces de instancia ùnica en los procesos de nulidad matrimonial! (digo: ¿todos son versados en Derecho Canònico?). En fin... "las cosas que aquì se ven, ni los diablos las pensaron".

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  38. El efecto de la declaracion de una nulidad matrimonial restablece la aptitud nupcial. Y los "catolicos" liberales divorciados y vueltos a casar en el 99,99 p ciento están recontralimados y no creen en indisolubilidades como para tener ganas de pasar nuevamente por otro Altar previo tramiterio de nulidad o divorcio a la Jorge Mario. Ellos solo quieren co mul gar si es que algún Domingo amanecieron sensibles. No quieren Frac y Vestidito Blanco. La cazan? No quieren CaSa.

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  39. casi todos los nuevos presupuestos que se leen aqui, son situaciones que ahora harian ANULABLE (y no Nulo) el matrimonio. Matrimonio NULO (y no anulable) es haber creido estar noviando castamente con una morocha lunga y la noche de bodas, descubrir que era Flor de la Berg.

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  40. Querido Wanderer:
    Ahora se entiende perfectamente el reconocimiento por parte de Francisco de las confesiones "lefevrianas": estaba preparando la enorme maldad de la desnaturalización y la degradación total del matrimonio cristiano por la vía golpista de los hechos consumados, adelantándose así al Sinodo: el problema de los divorciados ya no existirá para entonces porque las nulidades a partir de ahora se servirán gratis y a gusto del consumidor . Todo muy jesuítico. Si esto no es cargarse un aspecto importante de la doctrina cristiana, que baje Dios y lo vea...
    Fue usted, pues, demasiasdo cándido al felicitarle el otro día, pero no se arrepienta de ello: es mejor conservar siempre algo de inocencia que no actuar siempre por puro cálculo como el amigo...

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  41. "1. Falta de fe que puede general la simulación del consenso o el error que determina la voluntad;"

    Este ya existía antes. Es pecado de sacrilegio con posibles atenuantes internas (desconocimiento o malos ejemplos, e incluso actitud pasota en la formació del sacerdote)

    "2. la brevedad de la convivencia matrimonial;"

    No lo entiendo. La brevedad de la convivencia es un aspecto externo, que no nos informa en sí mismo de la disposición interna de los contrayentes. No puede ser, per se, causa de nulidad antecedente.

    "3. el aborto procurado para impedir la procreación;"

    Lo mismo que la anterior: la voluntad de no engendrar hijos es causa de nulidad si es antecedente, no si es consecuente. El aborto provocado SIEMPRE es para impedir la procreación.

    "4. la obstinada permanencia en una relación extraconyugal al momento de la boda o en un tiempo inmediatamente sucesivo;"

    Entiendo que el tiempo inmediatamente sucesivo se refiere a una relación que ya existía previamente, en caso contrario el matrimonio es válido.

    "5. el ocultamiento doloso de la esterilidad o de una enfermedad grave contagiosa o de hijos nacidos de una relación precedente o de un encarcelamiento;"

    Entiendo que esto es un desarrollo del motivo de nulidad que reza "haber ocultado materias graves al cónyuge dolosamente antes del sacramento". Cualquiera de estos motivos pueden ser saneados posteriormente si el otro cónyuge los acepta (por ejemplo, hijos previos al matrimonio ocultados han tenido muchos reyes de España, y sus matirmonios han sido válidos).

    "6. la causa del matrimonio totalmente extraña a la vida matrimonial o consistente en el embarazo imprevisto de la mujer;"

    No entiendo a qué se refiere. En el caso del embarazo imprevisto, si ambos cónyuges lo concoen y consienten, no veo por qué va a ser causa de nulidad. Más bien habría que insistir en el libre consentimiento de ambos cónyuges y en lo viciado que pueda estar.

    "7. la violencia física utilizada para lograr el consentimiento;"

    Esto es obvio, y ya existía anteriormente.

    "8. la falta de uso de razón comprobada por documentos médicos;"

    Habría que especificar que significa "uso de razón". De todas foma, esto es un tema de peritos y buena fe por todas las partes.

    Al final, las causas de nulidad no creo que sean el problema: si uno quiere declarar nulo su matrimonio, hay varias causas "comodín", como la falta de madurez, o el desconocimiento y otras mandangas. Se trata de si uno tiene estómago o no para mentir ante un tribunal eclesiástico, levantando falso testimonio para violar la indisolubilidad del matrimonio, cometiendo dos pecado mortales de una tacada. Más que nada porque el tribunal de Dios sí conoce lo que hay en el corazó, cosa que no pueden saber los jueces humanos.
    El problema es que mucha gente tiene estómago de sobra para hacerlo. En cualquier caso, la inmensa mayoría tiene bastante con el divorcio por lo civil, y no solicitan la nulidad, por lo que demuestran de facto que para ellos la boda canónica no es un sacramento, sino un simple rito social.
    Y ese es el verdadero problema de la Iglesia católica.

    El problema no son las causas de nulidad, sino la devaluación del sacramento, permitida por todos los católicos, empezando por los sacerdotes.

    En cuanto a la agilización o abaratamiento de los procesos, bienvenida sea, pero no a costa de reducir garantías procesales, como parece deducirse de una primera lectura a vuelapluma y sin conocer detalles del escrito de la Curia.

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  42. Lo del etcetera en cuanto a las causas por la que es nulo un matrimonio me parece una barbaridad, pues la inseguirdad jurídica que anuncia abre una puerta que no podrá cerrarse.

    Y otra barbaridad más es lo de la gratuidad del proceso.

    Mi madre viuda será quien, con su donativo en la iglesia, pague los gastos de los procesos judiciales que hasta ahora se costeaban con las oportunas tasas.

    No comprende el obispo de Roma que no hay nada gratis, pues lo no pagado por uno lo es por otro, en este caso el fiel que con su donativo mantiene la Iglesia.

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  43. Que pensaba hacer el Obispo Hungaro .....?????

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  44. Traducción del Motu Panchero para giles como yo: "De cómo el arrepentimiento, el perdón y la enmienda son harina de otro costal". O bien "Gracia y sacramentos, leyendas en revisión"
    ¿Derecho Canónico señores? ¿Qué importancia puede tener el Derecho Canónico para alguien que practica zapateo americano arriba de la Sagrada Escritura?
    Creo que ya lo sabemos todos: esto es nada todavía.
    Dimitri Nito Tolueno

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  45. Un sabio decia hace poco "el 90% de los matrimonios actuales es nulo".....
    El 10% valido restante no creo que pida la nulidad aunque la este pasando como el c.....
    en fin, esta medida lo unico que hace es formalizar esas nulidades....que se vashan todos!

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  46. Me dejó pensando el Hombre del peluquín castaño con su "alguien que envenene a este hombre": no sea tan benévolo amigo dolape.

    Benigno, desde hace maso 1 año que debió darse cuenta que este fulano no es papa. Es todo un desafío para los canonistas y la eclesiología ya que jamás antes se concibió que algo así puediese suceder. Bienvenido al club.

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  47. El lector Tomás Fisher ha dicho: "siempre y cuando no se haga a costa de la seriedad del proceso."
    Es que justamente ése es para mí uno de los meollos del problema: cómo se puede seguir garantizando la seriedad del proceso cuando se suprime la segunda instancia y se ponen plazos perentorios? Cómo se puede seguir garantizando la seriedad del proceso cuando muchísimos casos recaerán esencialemente sobre las espaldas del obispo del lugar? Yendo a consideraciones meramente pragmáticas, darán abasto los obispos, ya de por si tan ocupados en reuniones y conferencias, para juzgar seriamente tantos casos? No estarán tentados a meter sello y firma sin demasiado estudio? Yo creo que, independientemente de las causales de nulidad (ya de por sí altamente dudosas), suprimir la segunda instancia y dejar la mayoria de los casos a consideración del obispo es una forma segura de NO garantizar la seriedad del proceso.

    Gabriela

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  48. Qué pensaba hacer el obispo húngaro ? Buena pregunta !

    Nadie sabe cómo proceder con esta catástrofe humanitaria.

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  49. El quid de la cuestion en materia de nulidades siempre fue uno solo: demostrar la existencia de vicios que afecten los elementos del consentimiento válido y ellos son la violencia (que vicia a la libertad) el dolo (que atenta contra la intencion sana) y el error excusable ( que afecta el discernimiento). Todo lo demás que se ha detallado es una casuística ejemplificativa sin sentido.

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  50. y el dolo o engaño en perjuicio del contrayente de buena fe (e inoponible por el de la mala fe) al momento de celebrarse el acto debe ser esencial y gravísimo. No cualquier engaño hace nulo el acto (ej, novia que se presenta como idilica y en definitiva es una brujita mas del montón).

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  51. Aunque en principio no estoy de acuerdo con este cambio, estas causales no son para nulidad, sino para justificar un tratamiento distinto del caso. En principio parecen razonables: si una pareja está conviviendo desde hace diez años y tiene 4 hijos, parece que, prima facie, merece un tratamiento más detenido y un estudio más pormenorizado que si estamos hablando de una pareja que un mes despúes de la celebración del matrimonio pide la nulidad. Repito, en principio parece que es más fácil de resolver un caso que el otro, y que por eso se permite que su tratamiento sea distinto.

    Saludos,

    El Divorciado.

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  52. Aunque ya lo han aclarado algunos aquí (y en otros blogs) quiero hacer unas precisiones sobre la modificación del procedimiento de declaración de nulidad del matrimonio.
    ·
    Es curioso como en muchos blogs, tanto “tradicionales” como “progresistas” se ha entendido que el Papa ha modificado “las causas de nulidad”; este error se debe a una precipitada lectura del artículo 14.1 del Motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus.
    ·
    En este artículo no se establecen “causas” (nuevas) de nulidad matrimonial, sino “indicios” de las causas (de siempre) de nulidad matrimonial. Así por ejemplo “la brevedad de la convivencia conyugal” no es desde luego causa de nulidad, pero sí indicio de que puede haber una causa (por ejemplo un defecto en el consentimiento inicial). Estos indicios (un tanto heterogéneos) solo permiten acceder al procedimiento abreviado. Algunos se han alarmado porque la “lista” acaba con un indeterminado “etcétera”, pero olvidan que empieza con “ENTRE las causas que pueden permitir la tramitación de la cusa de nulidad del matrimonio por medio del procedimiento abreviado …”.
    ·
    Así pues nada de “nuevas” causas de nulidad, sino nuevos procedimientos más breves en virtud de una lista ABIERTA de circunstancias, que se suponen indicios de nulidad.
    ·
    Lo malo de la cuestión, que se revelará perverso en la práctica, es que estos “indicios” de una posible nulidad se van a convertir en breve en “pruebas” de nulidad. Con lo cual, la sentencia final invocará una “causa” de las de siempre, por ejemplo “vicio del consentimiento”, pero se considerará probado por uno de esos indicios o cualquier otro que se quiera al amparo del “etcétera”, por ejemplo el citado de la “brevedad de la convivencia”.
    ·
    Es decir el derecho sustantivo se mantiene; no se cambia la doctrina. Pero se admitirá como prueba cualquier cosa. Y al ser un procedimiento en única instancia, las presiones de todo tipo ensancharán las declaraciones de nulidad en forma paralela a lo que ha sucedido con el divorcio civil. En derecho canónico el divorcio se instaurará (hace años que ha empezado) por la vía procesal.
    Es aquello que le atribuyen al Conde de Romanones: “que ellos hagan las leyes [la doctrina] y nosotros haremos los reglamentos [la praxis]”

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  53. Al Anónimo que dice que la pregunta es sobre si desata o no desata arriba, vea el último artículo del DenzingerBergoglio

    Pío XI
    -Un matrimonio cristiano rato y consumado no puede ser desatado por ninguna autoridad humana

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  54. Lo único que esta quedando de la Iglesia Católica son algunos católicos, que son la Iglesia.

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  55. Debo ser medio bruto, pero estos vericuetos canónicos que buscan regular las relaciones entre los miembros de la Iglesia como sociedad visible que es, en última instancia versan sobre cuestiones morales / espirituales que solo Dios juzga.

    Hay una diferencia fundamental con la mera sociedad civil, para la cual la intencionalidad de los actos es una cuestión secundaria. No así para Dios y tampoco, quizá, para la Iglesia.

    Con lo cual quiero significar que todas estas disquisiciones de canonistas me parecen insufribles e irrelevantes. Pero debo ser bruto nomás.

    BRUTUS.

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  56. Gabriela: Tiene razón. Hice una generalización que no viene al caso, porque, dados el modo de agilización establecido y las actuales circunstancias, sucederá lo que usted dice. Agrego lo siguiente: si un católico quiere saber de buena fe si realmente contrajo matrimonio, sin duda preferirá que los jueces canónicos se tomen todo el tiempo necesario y examinen su caso con rigor, teniendo en cuenta lo que se juega. Y el que lo hace de mala fe es como alguien que pidiese autorización a un químico para tomar arsénico o dárselo de tomar a a otros. El arsénico hará efecto, aun si otro químico lo hubiera excluido de la lista oficial de venenos.
    Por supuesto, la formulación de las normas no puede reemplazar a la prudencia: cuando la nulidad es clara y manifiesta, es de desear que el trámite no se demore inútilmente.

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  57. FUERA DE TEMA

    Hoy salió en La Nación un artículo sobre ciencia y religión, firmado por un físico argentino radicado en USA ( www.albertorojo.com ) y un teólogo argentino (creo que Ucaboy) becado por la Templeton Foundation (Dr Ignacio Silva). Estuve viendo en YouTube su intento de explicar la Providencia divina mediante la mecánica cuántica (sic), y me pareció medio descabellado, aunque admito que deberé ver este video varias veces para sacar algo en limpio.

    Me gustaría que lo viera el Padre Baliña o algún otro que pueda dar su opinión.

    BRUTUS.

    ver

    https://www.youtube.com/watch?v=u-eDIAPXNoU


    Me parece que confunde las causas materiales con la Causa inmaterial por excelencia

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  58. Anónimo de las 14:47,
    brillante, atinada, y muy oportuna su aclaración.

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  59. Lo que confunde es la enumeración, en un documento de este tipo, de ALGUNAS "de las circunstancias que pueden permitir el tratamiento de la causa de nulidad". Si no están todas, ¿para qué las enumera? ¿Para suplir la falta de imaginación de los jueces? ¿Cabe mencionar esas circunstancias -o indicios, como los llaman algunos comentaristas- en un documento como éste? Quizás haya una explicación loable. Me animo a decir que mi ignorancia respecto del derecho canónico supera con creces la de Wanderer.

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  60. No se está bastardeando al matrimonio con esto?

    que sea tan fácil que un matrimonio nunca haya realmente existido me asusta más que el divorcio del matrimonio civil del Estado.

    Si alguien descubre que su esposo/esposa lo engaña, tiene que empezar a preguntarse si su matrimonio es real?

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  61. Las críticas de un canonista:
    https://canonlawblog.wordpress.com/2015/09/08/a-second-look-at-mitis-especially-at-the-new-fast-track-annulment-process/

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  62. Occidente ayuda a las personas que huyen de su país. Muchas de ellas son yihadistas y se les paga miles de euros por ello.

    Déjenme decirles que el dinero que gastan para venir es suficiente para comprar una casa en un lugar seguro en Siria para una familia de cinco integrantes y tener un pequeño trabajo y vivir bien.

    Estos no son refugiados. Estos son económicos.


    https://veritasliberavitvos.wordpress.com/

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  63. «Y por cuanto en vuestro Foro predominan las causas matrimoniales, la Sagrada Rota Romana tiene la gloria de ser el Tribunal de la familia cristiana, humilde o noble, rica o pobre, en la cual entra la justicia para hacer triunfar la ley divina en la unión conyugal, cual defensora del vínculo indisoluble, de la plena libertad del consentimiento en la unidad de vida, de la santidad del sacramento. Por ello vosotros, con cuidado muy atento, examináis y ponderáis las declaraciones de las partes, los testigos, las relaciones de los peritos, los documentos, los indicios, a fin de lograr descubrir posibles fraudes y para impedir así la violación de un tálamo bendecido, en que el Creador puso la fuente de la multiplicación del género humano, de los compañeros de los bienaventurados ángeles hasta la consumación de los siglos, cuando los innumerables grupos de hijos de Adán se presentarán ante el Tribunal de Cristo, juez de vivos y de muertos, para dar cuenta de sus obras, buenas o malas» (Pío XII -De la Alocución Mentre il tumulto, a la Rota Romana, en la Inauguración del Año Jurídico, 1 octubre 1940).

    https://josephmaryam.wordpress.com/2015/09/08/abierta-la-puerta-al-divorcio-en-la-iglesia/

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  64. Un MODERNISTA DE AQUELLOS decia hace poco "el 90% de los matrimonios actuales es nulo".....


    PUES a otro se le ocurría pensar que no son nulos sino matrimonios PROFANADOS, que es distinto. Pero los que se casaron con "brujitas" le conviene pensar como el primero. Por eso abran los ojos en el noviazgo porque luego no se aceptan devoluciones jajajaja....

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  65. El problema no son las brujitas sino los que las idealizan, y da la impresión de que muchos no se casan con la intención de educar la prole para el cielo. Eso es clara culpa de la teología asquerosa del cuerpo y de cambiar el orden de los fines del matrimonio poniendo los segundos como más importante que los primeros. ¿y quién es el responsable de semejante burrada? jp2 por supuesto.

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  66. Completamente de acuerdo con todo el análisis del Anónimo de las 14:47. Esto puede convertirse en un coladero.
     
    Para ilustrar este punto, en noviembre se publicó en Germinans Germinabit un artículo muy jugoso de la opinión del cardenal Sistach de Barcelona sobre cómo deberían llevarse los procesos de nulidad. Vale la pena leerlo entero, pero destaco:
     
    Don Lluís continuó ufanándose de su genial aportación sinodal: el gratis total y a la velocidad de la luz para los procesos de nulidad matrimonial. En primera instancia todo resuelto: si la parte contraria y el Defensor del vínculo no apelan, claro. Y si este último lo hace, no problem, lo cambiamos por otro. Hay que aprovechar las grietas que ofrece el Derecho Canónico, sentenció el ilustre jurista. Exactamente eso dijo: hay que aprovechar las grietas para hacer trampas. Está más que justificada la picaresca, pues se trata de promocionar la nueva era de la creatividad en la misericordia.

    La cosa cambió de tono cuando algunos sacerdotes le espetaron -citando al cardenal Burke, represaliado ahora por orden del misericordioso Francisco- que esa manera de enfocar el problema empobrecía a la Iglesia y a la sociedad, puesto que debilitaba la misma institución matrimonial y su indisolubilidad, ¡y hasta la destruía! El enfado de Sistach no dejó entonces ninguna posibilidad para la réplica: Si por Burke hubiera sido, ¡no se hubiese podido cambiar nada! Es decir que, según la percepción de Sistach, el Sínodo ya tenía tomada la decisión de cambiar el matrimonio católico por uno más protestante, dijesen lo que dijesen los hipócritas que impiden el progreso de la Iglesia.

    Pues eso.

    PS: La palabra «carc*ma», que denota al bichito que se se come la madera desde dentro, ¿tiene otra acepción en Argentina? Dos comentarios que hice en que llamaba carc*ma a Francisco (que a mi entender le viene como anillo al dedo) nunca se publicaron.

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  67. De hecho, Francisco no es más que el brazo ejecutor de la Compañía para aplicar su "programa" para la Iglesia. Si uno se asoma a las obras del nefasto cardenal Martini, ya detecta allí toda la agenda oculta de Bergoglio-Compañía. Y con ello la Iglesia tiene un problema, uno de los problemas más graves de su historia, porque éstos son listos, demasiado listos, poderosísimos, muy ricos (algo en lo que muchos no reparan) y además van a por todas: saben que ésta es su gran y quizá única oportunidad para ahormar a la Iglesia a su gusto y medida.
    La única posibilidad de contrarrestar ese ataque sinuoso pero durísimo a la línea de flotación de la Iglesia de siempre es que unos cuantos( pero no sólo dos o tres) obispos muy enteros e inteligentes den un paso al frente y les paren los pies. Si no, éstos, con Francisco a la cabeza, en dos o tres años más van a desnaturalizar y a desvirtuar tanto a la Iglesia Católica , que va a quedar sólo como una rama más de los hijos de la viuda. Además, téngase en cuenta que la intervención de la Compañía por parte de Juan Pablo II todavía no la han digerido ni perdonado los hijastros de San Ignacio. Lo que están haciendo , pues, es también un desquite.

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  68. …el vínculo matrimonial sigue siendo indisoluble y que para la iglesia no hay divorcio, la anulación puede tramitarse y se realizará en un proceso más corto y gratuito, a través de un juez único, que será el obispo de la respectiva diócesis, según lo estableció el Papa Francisco. Las causales para la anulación son: la falta de fe, la falta de convivencia, el aborto para evitar la procreación y la persistencia de una relación extramarital…

    Nota de B&T: Comparar esto con el Canon VII del Concilio de Trento sobre el Sacramento del Matrimonio:

    Si alguno dijere, que la Iglesia yerra cuando ha enseñado y enseña, según la doctrina del Evangelio y de los Apóstoles, que no se puede disolver el vínculo del Matrimonio por el adulterio de uno de los dos consortes; y cuando enseña que ninguno de los dos, ni aun el inocente que no dio motivo al adulterio, puede contraer otro Matrimonio viviendo el otro consorte; y que cae en fornicación el que se casare con otra dejada la primera por adúltera, o la que, dejando al adúltero, se casare con otro; sea excomulgado. (fin de cita)

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  69. Juan el Gris....coincido plenamente con su comentario de las 18.09 de ayer 9 de septiembre.

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  70. Otro artículo bastante aclaratorio:

    «Annulment Reform: 6 Misconceptions and 6 Developments»

    http://www.ncregister.com/daily-news/annulment-reform-6-misconceptions-and-6-developments/

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  71. Juan el Gris....coincido plenamente con su comentario de las 18.09 de ayer 8 de septiembre.

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  72. Otro artículo muy aclaratorio, de de Mattei

    Se inflige una herida al matrimonio cristiano

    http://www.adelantelafe.com/se-inflige-una-herida-al-matrimonio-cristiano/

    Francamente, temo que misericordeen a mi párroco, que es Defensor del Vínculo en una diócesis muy progre y se toma en serio su papel.

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  73. Si todo aquello es causa de nulidad, la mayoría de los matrimonios que conozco serían nulos. ¿Qué sucede si yo recién ahora, luego de 25 años de matrimonio, me entero que mi matrimonio es nulo? ¿Debería volver a casarme con mi marido para que sea válido mi matrimonio? ¿O es válido porque nosotros creímos, cuando nos casamos, que era válido?
    No fuimos novios católicos practicantes. Mas bien parecíamos paganos. Quisimos casarnos porque queríamos hacer las cosas como Dios manda, aunque no sabíamos bien del todo lo que Dios mandaba. El sacerdote nos dio una charla personalizada a cada uno en particular y luego a los dos juntos. Nos dijo que la unión sacramental era para siempre y eso nos encantó. Nos dijo también que debíamos ser abiertos a la vida, y que eso consistía en recibir a todos los hijos que Dios nos enviara, para educarlos en el amor a Dios. Y eso nos encantó. Pero nosotros, sobre este último punto, al ser casi paganos, o al ser pésimos católicos, o católicos mal formados, jamás relacionamos la apertura a la vida con que la relación sexual sí o sí debía ser con el fin de engendrar hijos. Pensábamos que eso se refería a que si nacía un hijo con alguna deficiencia, lo amaríamos y lo educaríamos como Dios manda. Nadie nos informó bien sobre ese punto, porque seguramente suponían que nosotros lo sabíamos. Me dijo a mí que no debía usar nunca anticonceptivos, y siempre obedecí. Para peor, el sacerdote en su charla, nos dijo que en la relación sexual dentro del matrimonio, como es querida por Dios, TODO está permitido. Cuando escuché eso se me estrujó el corazón, porque algo dentro mío, me decía que no todo estaba permitido. Yo escuchaba cada cosa de mis amigas, y pensaba que no podía ser que todo estuviera permitido. Pero era la palabra del sacerdote, y mi esposo, por supuesto,siempre recordó esas palabras. Estoy segura que el sacerdote en su inocencia, cuando decía TODO está permitido, no pensaba en todo, sino solamente en lo permitido. Yo propondría al Papa, aprovechando que el Papa tiene potestad para atar y desatar, que dictamine que todos los sacerdotes carguen sobre sí la culpa y la pena por todos los matrimonios sacrílegos que ellos casan. Es decir, de esa manera se pondrían las pilas para INFORMAR bien sobre lo que ES el SACRAMENTO del matrimonio; y supongo que se acabarían los pedidos de nulidad y el Matrimonio volvería a ser algo sagrado.

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  74. Vea don W el excelente artículo de De Mattei, está traducido en http://www.adelantelafe.com/se-inflige-una-herida-al-matrimonio-cristiano/

    SALUDOS

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  75. Esto es una joda, todo lo que se viene es mucho peor de lo que imaginamos, una parodia del Paraíso celestial, el "paraíso terrenal", que ni el ojo vio no el oído oyó.
    Estos herejes que se dicen católicos, como no creen en el Cielo (ni en el infierno) se quieren hacer un cielo en la tierra.

    A prepararse muchachos, esto no es nada, el comienzo del fin (valga la frase hecha).

    AD

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  76. Verdaderamente, en el fondo de mi corazón, nunca dudé de la validez de las confesiones en la Fraternidad. Aclaro que nunca tuve oportunidad de confesarme en la Fraternidad. Internamente tengo algunas dudas acerca de la legitimidad pero no es este el tema que quiero tratar. Simplemente decir que luego de la decisión de "anular" matrimonios del Francisco, creo que a los novios santos y bien intencionados no les quedará otra alternativa que casarse dentro de la Fraternidad quien será la única que garantice la continuidad de 2.000 años en la verdad.

    Asimismo, estoy pensando en solicitar a la Fraternidad sanar de raíz mi matrimonio, toda vez que no veo muy inquietos a los pastores actuales en resaltarme de forma CLARA Y CONTUNDENTE de que el matrimonio que he contraído es verdaderamente indisoluble.

    Lo de la sanación lo digo, porque si la jerarquía de la Iglesia acepta estas anulaciones, entonces queda en la nada lo que no sería otra cosa que un pseudomatrimonio y por lo tanto no me habría llegado la Gracia matrimonial, tan necesaria para esta época.
    Creo que hay que sanar todos los matrimonio de raíz.

    Repito, no conozco prácticamente a nadie de la Fraternidad ni a los lefebristas, pero no me va a quedar otra. Tal vez haya sido una voluntad Divina dejar a un grupo para sostener los sacramentos eternos.

    Edgardo.

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  77. En Pdf

    Teologia moral para seglares

    https://www.google.com.ar/#q=teologia+del+matrimonio+royo+marin+

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  78. Como decía uno de los comentaristas, una de las cosas que traen estas medidas es la confusión. Anoche me decía una mujer que había solicitado la nulidad, y que se la habían dado hace varios años, que con estas nuevas disposiciones papales queda claro la cantidad de matrimonios nulos. Y ponía el ejemplo de los que se casan "de apuro" (porque se quedó embarazada), en este caso, decía ella, "todos" esos matrimonios son nulos aunque los esposos no lo sepan. Flor de quilombo está empèzando a tener la gente en la cabeza...La que nos espera!

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  79. BRUTUS, el argentino de Oxford hace la misma distinción que ud., apoyado en Sto Tomás. Es crítico de esa clase de argumentos "cuánticos" para demostrar que hay Dios.

    El electrón contestador.

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  80. Propongo que de comprobarse que existe nulidad paguen los gastos del proceso: el obispo (33%), el cura que ofició como testigo (33%) y el decano del decanato al cual ese cura pertenece (33%). (Incluyo al decano porque en varias diócesis los "cursos prematrimoniales" se realizan por decanato.)

    Tal vez así, se preocupen por transmitir lo que deben...

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  81. Que una cosa es la Fe católica y otra el partido de Francisco, se dan cuenta hasta los paganos...
    http://www.lanacion.com.ar/1826777-es-el-papa-francisco-catolico-se-pregunta-una-reconocida-revista-estadounidense

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  82. Off-topic (maybe):
    Una visión distinta, y refrescante, sobre la marcha de la crisis en Siria:
    Siria y Rusia

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  83. ¿Leyeron la última entrada de Messainlatino? Allí se cuenta que en una misa en honor de Nuestra Señora de los Dolores celebrada en algún lugar de la región italiana de Las Marcas, luego de la primera lectura y del Salmo Responsorial se anunció la segunda lectura: "De las palabras del Papa Francisco". A continuación se leyeron unos párrafos de su autoría. Al terminar la lectura, el lector dijo: "Palabra de la Iglesia." Los fieles, tras un silencio embarazoso, respondieron: "Demos gracias a Dios."
    Sin palabras. Tienen el link al costado.

    'Ci affidiamo come sempre con la preghiera alla Madonna Santissima, Madre della Chiesa, affinchè illumini la mente ed i cuori dei Sacerdoti, i Suoi figli prediletti : perchè non "ragionino secondo il mondo" ma possano essere "sale della terra e luce del mondo" per guidare il gregge che è stato loro affidato e non farlo "fuggire per paura davanti ai lupi" ma affidarlo amorevolmente nelle sicure braccia di Cristo Gesù Buon Pastore.'

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  84. Estimada Anonima de 10:26.
    (Ante todo le pido dispculpas ante la imposibilidad de consignar acentos).
    Intervengo por el error recurrente del clero que usted trae aqui y nadie aclara.
    Ese "TODO esta permitido" dentro del matrimonio tiene una muy peligrosa fuente: evitar el pecado mortal y dar rienda suelta a todos los demas. En primer lugar, se olvida lo peligroso para el alma que es la reiteracion y costumbre sobre la comision de pecados que no sean mortales.
    En segundo lugar, se olvida que la vida del cristiano tiende a la perfeccion y no a la casuistica que consiste en pasarla lo mejor posible garantizando al menos el Purgatorio futuro.
    Las ideas de parte del clero, en relacion a este tema, tienen que ver con que solo encuentran mortal el pecado de evitar la concepcion, por lo que cualquier practica antinatural la aceptan siempre que la relacion finalice conforme a la naturaleza.
    El argumento es flojo.
    Me gustaria saber como se concilian las enciclicas que hablan de la pureza y castidad matrimonial con las dos o tres practicas contranatura que finalmente terminan el acto sexual conforme a la naturaleza.
    Me gustaria saber como se concilian estas practicas con pedir para el 4º Misterio Gozoso "la pureza y la obediencia" como don.
    Me gustaria saber por que es uno de los requisitos para que "funcione" la promesa de morir llevando el Escapulario, ente otras condiciones (que no es un talisman automatico), el haber guardado la pureza.

    En definitiva, podria ser que usted, mal informada, y especialemnte por mal informada por parte del clero, no haya pecado antes realizando estas practicas. Pero siempre llega la hora de la coherencia. Hay que dejar de lado las especulaciones sobre lo mortal y lo venial y vivir conforme al Evangelio, o lo mas conforme posible.
    Esto es lo que le debe decir un cura, sin entrar en mayores detalles y apuntando a lograr su perfeccion, o su mayor perfeccion.

    Atte.

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  85. Intersante opinión: http://theweek.com/articles/576481/how-pope-francis-vandalized-marriage

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  86. A mi juicio, hoy el motivo más común de nulidad es el contemplado por este canon:

    1101 § 1. El consentimiento interno de la voluntad se presume que está conforme con las palabras o signos empleados al celebrar el matrimonio.

    § 2. Pero si uno o ambos contrayentes excluyen con un acto positivo de la voluntad el matrimonio mismo, o un elemento esencial del matrimonio, o una propiedad esencial, contraen inválidamente.

    El elemento esencial del matrimonio es la procreatividad o intención procreativa, que no es lo mismo que procreación. En términos de los "bona": "bonum prolis".

    Las propiedades esenciales del matrimonio las enuncia otro canon:

    1056 Las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la indisolubilidad, que en el matrimonio cristiano alcanzan una particular firmeza por razón del sacramento.

    Unidad: "bonum fidei"; indisolubilidad: "bonum sacramenti".

    Me parece que hoy lo que tiene mayor probabilidad de ser excluido con un acto positivo de la voluntad al momento de dar el consentimiento es la indisolubilidad. Es claro que la concepción generalizada del matrimonio en la sociedad actual es que es disoluble. Por lo que es posible que alguien llegue al matrimonio con esa concepción, y vea la posición de la Iglesia sobre la indisolubilidad como algo arcaico tipo geocentrismo que simplemente falta un tiempo para que sea dejado de lado. En ese caso, mientras en las palabras estaría declarando casarse "hasta que la muerte los separe", en su mente estaría pensando "hasta que yo decida divorciarme".

    Si a esto alguien replica que comparar indisolubilidad con geocentrismo no tiene asidero porque Jesús definió explícitamente la indisolubilidad pero no habló del geocentrismo, tal vez salgan con que algunas de las cosas que Jesús enseñó eran para el contexto social de su época, y que hay que distinguirlas de lo esencial.

    Si a esto último alguien replica que eso es modernismo, directamente no le van a entender qué está diciendo. Tal vez incluso piensen que "modernismo" es lo opuesto de "arcaísmo" y lo tomen como un elogio.

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  87. Wanderer, hay un error en "Mitis Iudex" (juez clemente). El Señor o es juez justo o es clemente y misericordioso. Cuando Dios es juez es justo: da a cada uno según sus obras, si son buenas recibe un premio, si son malas recibe un castigo y no hay clemencia o misericordia. En el juicio final cuando Jesús separe las ovejas de las cabras (Mateo 25, 32) allí no hay clemencia, misericordia, para las cabras. No se puede unir la justicia y la misericordia (clemencia). Aquí hay un error de Francisco. Busque en la biblia y no va a encontrar "juez clemente" por ningún lado. "Juez justo" o "clemente y misericordioso" por separado. Francisco parte de una comprensión errónea de la justicia divina y la misericordia divina. Por favor reviselo, es importante

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  88. Soy el anónimo anterior que mencionó el error en el término "Mitis Iudex". En la biblia no existe la figura de "Juez clemente". Cuando comulgamos sacrílegamente, como dice san Pablo, comulgamos para nuestra condenación porque en lugar de recibir al Dios misericordioso, recibimos al juez justo. Esto lo ha enseñado la Iglesia desde siempre. Cuando un adúltero comulga, comulga para su condenación. Pero si Francisco tiene en su mente que Dios es " juez clemente" de ahí parte su error y cree que los adúlteros (al comulgar sacrílegamente) en lugar de recibir al "juez justo" van a recibir al "juez clemente".

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  89. Estimado Edgardo,

    Usted no debe acudir a ningun sacerdote de la FSSPX, pero no por las particularidades de esta congregacion, ni mucho menos.
    Usted no debe acudir a nadie para que le "solucione en la raiz" su matrimonio, por la sencilla razon que si el mismo se encuentra solucionado en la raiz, ya esta solucionado. Y si no se encuentra solucionado en la raiz, debe casarse nuevamente.
    La solucion en la raiz no opera luego que la autoridad eclesiastica lo decrete, sino luego que ciertos hechos dentro de su matrimonio lo hayan hecho.
    Por ejemplo: usted contrajo matrimonio sin querer traer hijos al mundo. Luego los trajo y educo cristianamente enderezando su voluntad. Con eso ya se soluciono en la raiz y su matrimonio dejo de ser nulo.

    Aqui hay un tema dificil de entender para el que parte del concepto de "nulidad" de la ley civil: en la ley civil, algo "nulo", queda nulo. No se puede "des-nulificar" por hechos posteriores (por ej. que un demente firme la venta de un inmueble nace nulo y asi queda).
    En la ley eclasiastica, atento a que gira alrededor de la teologia y no con autonomia de esta, esa posibilidad es posible (solucion en la raiz).

    Lo que usted si puede (y debe) hacer, es ir a un canonista de la FSSPX o de cualquier otro lado y plantearle los hechos atinentes a su matrimonio. Tal vez le diga que han sido solucionados en la raiz o no dependiendo de los hechos puntuales que le relate. Si lo fueron no hay mas nada que hacer. Su matromomio no es nulo (aunque lo haya sido antes) y "ya es" -valga la redundancia- un "matrimonio" e indisoluble.

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  90. Anónimo de las 13:04.- Usted escribe "este es el comienzo del fin". En el mensaje a MDM del 13 de febrero de 2013 (antes de la "renuncia" de Benedicto")se lee: No es el colapso de la Iglesia Católica, que pronto se hará evidente, lo que dividirá al mundo. Será la participación de ellos en la creación de una Nueva Iglesia Mundial, una sola-religión mundial, que introducirá el paganismo y la idolatría..."Este es el principio del fin. Mi Presencia será discretamente desterrada por la nueva ceremonia de las Misas...Insto a todos Mis discípulos, Mis seguidores Cristianos, en todas partes, a mantener la calma. Orad por la paz y permitidme, a vuestro Jesús, que os guíe en este momento.
    Llamo a todos Mis cardenales, Mis obispos y mis Mis siervos sagrados, para unir a vuestro rebaño y a que permanezcáis fieles a Mis Enseñanzas. Prestad mucha atención a lo que se os pidió predicar porque ello va a cambiar. Vuestras homilías serán ideadas(diseñadas) y escritas para un mundo secular y éstas no tienen sustancia(contenido)...Poco a poco ya no reconoceréis Mi Sagrada Escritura, así como las nuevas palabras, frases y nuevos formatos para la presentación de los Sacramentos serán colocados ante vosotros.

    Leer más: http://www.elgranaviso-mensajes.com/news/a13-febb-2013-la-masoneria-ha-infiltrado-mi-iglesia-sobre-la-tierra-y-pronto-el-cisma-como-fue-predicho-creara-division-y-desconcierto-entre-mis-fieles-servidores/



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  91. Padre, perdónalos, porque no saben lo que hacen....

    Eso MISERICORDIA........

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  92. FUERA DE TEMA

    En la crisis de Oriente Medio, Putin pasa a ser protagonista principal.
    Y se me ocurre que su buena relación con Cristina tendrá algo que ver
    en su buen relacionamiento con Francisco.
    Se me ocurre que en el futuro, el Papa va a necesitarlo más a él que a Obama.

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  93. Las condiciones para pecado mortal ( Grave ) son siempre las mismas...

    Materia grave , Conciencia de la gravedad , Pleno conocimiento ....

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  94. Hago una pregunta más básica, sepan disculpar mi ignorancia:

    ¿Cuándo o dónde habló Jesús de la nulidad de una unión? Pregunto porque en aquella época cada raza tendría su boda y no creo que todas contaran con la bendición de Dios, o si?

    Entonces, cuando habló con la samaritana y mencionó sus tantos maridos, Jesús estaba aprobando lícitamente que todos los matrimonios anteriores habían sido nulos? Porque coincidía con ella en que su actual pareja no era marido, pero según él todos los anteriores sí.

    Ella habría contado con la bendición de Dios en todos como para que Jesús reconociera cada vínculo matrimonial? Y si ni siquiera contaba con la bendición de Dios, por qué para Jesús estaba claro que ella había estado casada (y por lo tanto era adúltera)?

    Marlene

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    Respuestas
    1. Hablaba de manera irónica... Bien has dicho que no tienes marido, en eso dices la verdad, porque has estado con cuatro y este último tampoco es marido tuyo...

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  95. ¿si una persona recibió la nulidad y por tanto cree que no es adúltera y comulga...no es el obispo el que carga la culpa?

    Es como si Bergoglio hubiera cargado todos los pecados de adulterio sobre sus ministros.

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  96. Lo de la Misa en Italia es demasiado, de ser efectivo. Una cosa es que los discursos de Bergoglio deban ser tragados como "Magisterio". Ahora los quieren poner al mismo nivel que la Sagrada Escritura, del nucleo de la Revelación inspirado e inmutable. Y como suele ocurrir con este tipo de iniciativas, se irán extendiendo sin control, pero sin aprobación expresa de Roma, para tranquilidad de los Opus.+

    Esto es idelatría pura.

    Lefe Estepario

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  97. El anónimo 16:42 merece un post. Esta reforma de Bergoglio va a traer muchos problemas de conciencia y se requieren aclaraciones como la solución de raíz. Un matrimonio pudo ser nulo al inicio y válido después. Eso es lo increíble ¿el Vicario de Cristo provocando problemas de conciencia en sus ovejas? Bien dijo Cristo que por sus obras los conocerán. Por algo es que el Espíritu Santo ha permitido que la Iglesia declarase que un Papa es infalible sólo excátedra dejando abierta la posibilidad que enseñe error, y viendo como están las cosas y lo que todavía falta por ver, pienso que lo mejor que nos podría ocurrir es que enseñe herejía para que sea declarado antipapa y nulo todo lo que ha hecho. Lo digo con la cabeza, no con el corazón.
    Definitivamente estamos viviendo tiempos difíciles, hay que tener la cabeza fria y rogar al cielo.

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  98. Marlene,
    a su pregunta de cuándo habló de eso Jesús: habló en Mateo 5, con la famosa cláusula de 'porneia', que la biblia 'El Libro del Pueblo de Dios' de la página del Vaticano, traduce así:
    31 'También se dijo: "El que se divorcia de su mujer, debe darle una declaración de divorcio".
    32 Pero yo les digo: El que se divorcia de su mujer, excepto en caso de unión ilegal, la expone a cometer adulterio; y el que se casa con una mujer abandonada por su marido, comete adulterio'.

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  99. Marlene,
    le dejo a continuación un análisis de la 'cláusula de porneia' que menciona Jesús en San Mateo 5:
    Excepto en caso de Porneia

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  100. Marlene,
    abundo sobre el particular, y le comento que la 'cláusula de porneia' es mencionada por Jesús también en Mateo 19 (siempre según traducción 'El libro del Pueblo de Dios'):
    8 'El les dijo: «Moisés les permitió divorciarse de su mujer, debido a la dureza del corazón de ustedes, pero al principio no era sí.
    9 Por lo tanto, yo les digo: El que se divorcia de su mujer, a no ser en caso de unión ilegal, y se casa con otra, comete adulterio».
    10 Los discípulos le dijeron: «Si esta es la situación del hombre con respecto a su mujer, no conviene casarse»'.

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  101. Un aspecto de este asunto sobre lo que poco se ha hablado, y del que un lector menciono algo mas arriba, es la TERRIBLE responsabilidad que caera sobre los obispos. Son todos expertos canonistas? Es obvio que no, y supongo que la mayoria acudira a asesores que si lo sean. Pero otros quizas no tengan esa posibilidad. Y, sea como sea, la decision final en la mayoria de los casos, donde no haya segunda instancia, sera solo de el. No es demasiado agobiar a un obispo con estas cuestiones, habiendo ya instancias especificas para ello, y habiendo en la iglesia tantas otras necesidades que dependen del obispo? Viendolo desde este punto de vista, me parece que la carga que se les endosa es excesiva. Que Dios los ayude, no quisiera estar en sus zapatos.
    Gabriela

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  102. Al anonimo de las 10:04: y quien cree usted que se animaría a declararlo antipapa?
    Gabriela

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  103. Varias veces encontré en los comentarios (a este post y en anteriores) la idea de que si el Papa enseña herejía lo declararían anti papa. Pero, Jesús no aseguró que el Papa jamás enseñaría herejías? (agrego yo: al menos formalmente?). Me parece que algunos hacen l siguiente razonamiento: Jesús prometió que el Papa no enseñaría herejías. Fulano enseña herejías, por tanto no es el verdadero Papa. Yo siempre pensé distinto: Jesús prometió que el Papa no enseñaría herejías. A Fulano lo eligieron Papa, la Iglesia lo ha reconocido como Papa, luego lo que enseña no puede ser una herejía.
    Siempre me pareció que la promesa de Cristo estaba ahí para que tengamos una Roca de la que no tengamos duda (en ciertos temas, bajo ciertas circunstancias, es verdad), no para que tengamos que andar escrutando si las enseñanzas papales son heréticas o no, y viendo si es o no el verdadero Papa.
    Para mi alguien es Papa si lo eligieron Papa. Es algo que veo y que se porque la Iglesia lo acepta como tal. Luego acepto lo que enseña como verdadero porque él lo enseña.

    Saludos, uno que no quiere ser tomado por papólatra.

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  104. The International Péronist12 de septiembre de 2015, 13:41

    Concuerdo con un anónimo, 09:35 9 sept. Creo que hay un clericalismo excesivo en muchos de nosotros...esto de perderse en el análisis de la letra, los términos y el cambio en el procedimiento. ¿Ustedes creen que Bergolgio considera pertinente analizar todo esto antes de echar a rodar esta bola? Por favor, pregúntenselo sinceramente. Por supuesto que no, y al reconocer que él procede de otra forma, no significa adherir a su forma de proceder.

    Pero sí implica que primero hay que intentar recorrer el razonamiento que efectivamente hizo para tomar esta decisión. Hay que intentar entender su accionar, conociendo su idioma. Nos estamos yendo en esas discusiones ilustradas de conservadores ilustrados, muy buenas, cargadas de erudición, pero que no tienen nada que ver con los móviles de este papa y el 80% d elos obispos. Si lo que tenemos es sólo erudición, entonces estamos desarmados para la época que nos toca.

    Es más pertinente discutir por qué Berglglio se adelantó al sínodo, y si en verdad no constituye una derrota parcial.

    Creo que en un pontificaod como este, dirigir el análisis a la doctrina fina es no entender que bergoglio es peronista.

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  105. Dentro de 6 meses el 15A (15/8/2015), día en que se publicó estos "motus proprios", será recordado con tanta tristeza como el 13M (13/3/2013) día de la elección de Bergoglio.

    Los modernistas ya están festejando el triunfo, después de más de 100 años de lucha intentando instalar el divorcio "católico".

    Son tiempos muy tristes sin negar la esperanza cristiana, lo que no ahorra angustias

    AD

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  106. Otra lectura interesante: http://www.ncregister.com/blog/edward-pentin/pope-attacked-over-motu-proprio-cardinal-kasper-reasserts-his-proposal

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  107. OJALÁ ME ESTÉ LEYENDO EL DR FRANCISCO JOSE SOLER GIL !

    Estimado Doctor... en estos días he descubierto en YouTube al Padre Manuel Maria CARREIRA, doctorado en filosofía, teología y física. Me ha parecido brillante su
    claridad mental y su sólida formación. Le pregunto si Ud lo conoce y qué le parece.

    Por ejemplo https://www.youtube.com/watch?v=EhiWXut9ZNw

    Por otra parte, siguiendo con temas de la Física y las relaciones con la fe,
    me han sugerido esta otra conferencia de un argentino doctorado en Oxford, que
    intenta mezclar la mecánica cuántica con la causalidad divina, pero me parece un desastre, una especulación absurda que, sin embargo, hay que tener en cuenta.
    ver
    https://www.youtube.com/watch?v=u-eDIAPXNoU

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  108. Rebelión contra Francisco:

    http://www.zeit.de/gesellschaft/zeitgeschehen/2015-09/papst-vatikan-aufstand

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  109. José Manuel Vidal, director de religión digital, en una entrevista en el 2005 a El Mundo, antes que el cónclave se reuniera y Benedicto fuese elegido Papa, mencionó un pontificado "corto" (el de Benedicto) para luego dar lugar al Papa latinoamericano.
    .
    "7. puede aclarame la expresión Papa de trasición, .
    Se suele usar para referirse a un papado corto, después de uno tan largo como el de Juan Pablo II, que conduciría a otro papado un poquito más largo y quizás más rupturista. En este momento, el papado de transición sería por ejemplo el de un italiano que preparase el salto latinoamericano."
    .
    A menos que Vidal tenga dotes de clarividencia, porque acertó sobre el futuro al 100%, da que pensar que todo ha sido planeado. Con esto se podría demostrar el cabildeo a favor de Bergoglio.
    .
    http://www.elmundo.es/elmundo/encuentros/anteriores/2005/04/1514/index.html

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  110. Si no entiende nada de derecho canónico no opine

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  111. Hay gente que dedica su vida a estudiar estos temas tan delicados que implican Moral Teologia y Derecho, y no opinan hasta fundar su argumentacion: solo lo hacen con rigor cientifico... no es el caso de las opiniones locales, la ligereza de algunos comentarios es espeluznante.

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  112. Los que viven un infierno dentro de su matriomonio , me parece legitimo que busquen una solucíon ....

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  113. Para el anónimo del 12 de septiembre de 2015, 11:56

    le recomiendo leer esto

    http://ec.aciprensa.com/wiki/Papa_Honorio_I

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  114. Muchas gracias a los anónimos que me explicaron lo de porneia!
    Marlene

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  115. No confundir la "sanación en la raiz" y la "convalidación".
    La "convalidación" es la que no necesita de un acto de al autoridad eclesiástica posterior. Se "convalida" cuando hay nulidad por impedimento oculto, o bien por un defecto de consentimiento oculto (siempre que haya pública y aparentemente un matrimonio e intención de seguir adelante con él).

    La "sanación en la raiz" sí necesita del pronunciamiento posterior de la autoridad eclasiástica (1161 a 1165 CC). Es para los casos de nulidad por impedimento o para los casos en los que no se respetó la forma canónica.

    Son dos cosas distintas...

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  116. Un matrimonio nulo hay que ver por qué lo fue.
    Si lo fue porque se contrajo sin intención de tener hijos, es nulo por defecto de consentimiento.
    En ese caso se podría solucionar sin la intervención de la jerarquía eclesiástica, siempre que se den ciertos requisitos, PERO ES SIEMPRE TEMERARIO NO CONSULTAR A UN CANONISTA.
    Además, se podría solucionar sin intervención de la jerarquía porque sería un caso de "convalidación" y no de "sanación en la raíz".

    Van los requesitos para la convalidación:

    La convalidación del matrimonio

    La convalidación, también llamada convalidación simple, viene regulada en los cc. 1156-1160. Esta es la forma de revalidación prevista para dos supuestos: para los matrimonios que han resultado nulos por la existencia de algún impedimento oculto, o bien por un defecto de consentimiento oculto. Por lo tanto, si el impedimento o el defecto de consentimiento es público, no es posible convalidar el matrimonio. El elemento importante de la convalidación es la renovación del consentimiento, como analizaremos enseguida.

    Según la doctrina canonista, los requisitos de la convalidación son los siguientes:

    a) Forma canónica válida. Es necesario que haya apariencia de matrimonio, es decir, que se haya celebrado de acuerdo con las exigencias de la forma jurídica sustancial.

    b) Cesación de la causa de nulidad. Tal cesación puede producirse por la desaparición del hecho que da lugar al impedimento (p. ej., por haber cumplido la edad exigida), o por dispensa.

    c) Permanencia del consentimiento en la otra parte. En los cánones que regulan ambos supuestos de nulidad convalidables, el Código de Derecho Canónico añade: "con tal de que persevere el consentimiento dado por el otro contrayente". Se presume que el consentimiento prestado en su momento persevera, a no ser que se demuestre lo contrario. Si ninguno de los dos consintió en su momento, ambos deberán renovar el consentimiento para la convalidación. Se debe señalar que la perseverancia del consentimiento se refiere a la voluntad de ser marido y mujer. Es compatible, por lo tanto, con situaciones de desagrado, o trato difícil, o incluso infidelidad, mientras no haya habido una revocación de la voluntad de ser matrimonio.

    El requisito central de la convalidación es la renovación del consentimiento, por parte de uno o de los dos cónyuges, según los casos. La renovación del consentimiento consiste en un nuevo acto de la voluntad, que puede manifestarse a través de una declaración formal o incluso mediante un comportamiento claramente expresivo. No hace falta, por lo tanto, ninguna intervención de la autoridad eclesiástica. Lo que cuenta es que el cónyuge renueve el consentimiento.

    En cuanto a los efectos, suele decirse que se producen ex nunc, es decir, desde el momento en que tiene lugar la convalidación. Esto es válido para el fuero interno, porque -como dice la doctrina canonista- para el fuero externo, un matrimonio celebrado en forma canónica aparentemente válida, con una nulidad que no puede probarse o es oculta, produce sus efectos desde el momento de la celebración, es decir, ex tunc.

    (NO SE CORTEN SOLOS. VEAN A QUIENES SEPAN DE ESTOS TEMAS Y PLANTEEN ABIERTAMENTE EL CASO PUNTUAL CON TODAS SUS PARTICULARIDADES).

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  117. Gabriela, no tengo idea pero veo a Müller decidido a cumplir su papel de guardián de la fe, es buen teólogo, y está encabezando a los obispos que están decididos a hacer resistencia a Bergoglio. Si no puede leer el artículo de Zeit de en alemán un blog sedevacantista lo ha traducido al castellano:https://moimunanblog.wordpress.com/2015/09/11/rebelion-a-bordo-contra-francisco/
    No me interesa el sedevacantismo, la traducción del blog sí.

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  118. Anónimo 11:56, el padre Iraburu lo explica con pocas palabras:“Desde las hondas profundidades de mi ingenuidad le diré que si en un Cónclave los electores eligen a uno que es hereje, cosa que puede permitir Dios, no se produce un Pastor necio, falso, precursor del Anticristo: sencillamente la votación aunque, aunque haya sido unánime, es nula e inválida. Hay ‘error in persona’ . No hay Papa. Hay sede vacante. Y ya la providencia de Dios verá los medios para remediar el desastre y asegurar un Papa verdadero en la Sede de Pedro, que es Roca indefectible, sobre la que Cristo edifica su Iglesia, aunque las fuerzas infernales atenten contra ella”.


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  119. In expectatione transcribe un artículo de Paolo Pascualucci publicado por Chiesa e postconcilio. En dicho artículo, entre otras consideraciones, se llama la atención sobre lo siguiente: la presencia de las circunstancias enumeradas por el artículo 14 § 1 de las reglas procesales es una de las dos condiciones que fija el canon 1683 reformado para que el obispo diocesano juzgue una causa de nulidad con el proceso más breve (como ya se dijo, el artículo se refiere a aquellas como " circunstancias que PUEDEN PERMITIR EL TRATAMIENTO del caso de nulidad del matrimonio por medio del proceso más breve de acuerdo con los cc 1683-1687"). Ahora bien, el texto del citado canon dice que deben concurrir "circunstancias de hechos y personas, apoyadas por testimonios o documentos, que no requieran una investigación o una instrucción más completa, y HAGAN MANIFIESTA LA NULIDAD (rendano manifesta la nullità)".
    Me pregunto entonces: ¿El Motu proprio afirma que las citadas circunstancias "hacen manifiesta la nulidad" o sólo que son indicios que "pueden permitir el tratamiento del caso mediante el proceso más breve"?
    Y reitero: quizás haya una explicación loable (esto es, si algún lector entendido en derecho canónico la tiene, desearía que la compartiera).

    http://www.almudi.org/articulos/10210-motu-proprio-mittis-iudex-dominus-iesus
    http://in-exspectatione.blogspot.com.ar/2015/09/no-se-ha-acaso-alterado-la-doctrina.html

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  120. El padre Iraburu es Neocón, que es la contracara de los sedevacantistas. Si los cardenales eligen un hereje, eligen un Papa válido, como si es elegido un hereje obispo, obispo es.
    Si luego manifiesta su herejía de forma inequívoca y pública, habrá que ver qué remedio hay, y aquí discrepan los teólogos.

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  121. Parece que mi anterior comentario donde respondía a Ludovicus se ha perdido y por eso le envío una vez más:
    Cuando Iraburu dice 'error in persona' entiendo que significa que el cardenal electo es un impostor que engañó a los cardenales aparentando ortodoxia con la intención de ser elegido Papa.

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  122. A ver si esto lo publica por ser magisterio de la Iglesia.
    .
    Me parece que Iraburu cuando dice 'error in persona' se refiere a la Bula CUM EX APOSTOLATUS OFFICIO de Pablo IV.
    .
    "Agregamos que si en algún tiempo aconteciese que un Obispo, incluso en función de Arzobispo, o de Patriarca, o Primado; o un Cardenal, incluso en función de Legado, o electo Pontífice Romano que antes de su promoción al Cardenalato o asunción al Pontificado, se hubiese desviado de la Fe Católica, o hubiese caído en herejía. o incurrido en cisma, o lo hubiese suscitado o cometido, la promoción o la asunción, incluso si ésta hubiera ocurrido con el acuerdo unánime de todos los Cardenales, es nula, inválida y sin ningún efecto; y de ningún modo puede considerarse que tal asunción haya adquirido validez, por aceptación del cargo y por su consagración, o por la subsiguiente posesión o cuasi posesión de gobierno y administración, o por la misma entronización o adoración del Pontífice Romano, o por la obediencia que todos le hayan prestado, cualquiera sea el tiempo transcurrido después de los supuestos antedichos. Tal asunción no será tenida por legítima en ninguna de sus partes, y no será posible considerar que se ha otorgado o se otorga alguna facultad de administrar en las cosas temporales o espirituales a los que son promovidos, en tales circustancias, a la dignidad de obispo, arzobispo, patriarca o primado, o a los que han asumido la función de Cardenales, o de Pontífice Romano, sino que por el contrario todos y cada uno de los pronunciamientos, hechos, actos y resoluciones y sus consecuentes efectos carecen de fuerza, y no otorgan ninguna validez, y ningún derecho a nadie"
    .
    De Mattei abordó el problema en este artículo: http://www.adelantelafe.com/de-mattei-pablo-iv-y-los-herejes-de-su-tiempo/

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  123. AD las nulidades no son ni más ni menos que eso, divorcio a la "católica"...

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  124. Moisés no permitió divorciarse, solo emitir un libelo de repudio...

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  125. Para tener en consideración: http://www.catholicherald.co.uk/issues/september-18th-2015/were-heading-for-catholic-divorces/

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  126. de Nuestra Señora del Buen Suceso en Quito, Ecuador, en 1634. En esa aparición, Nuestra Señora advirtió de lo que precisamente el Tercer Secreto predice: una gran apostasía en la Iglesia. Nuestra Señora dijo a la Venerable Madre Mariana de Jesús Torres que en el pasado siglo XIX y a lo largo de la mayor parte del siglo XX, la Iglesia cedería a una gran herejía. El Sacramento del Matrimonio “será atacado y profanado,” y la Masonería, que entonces estará en el poder, promulgaría leyes inicuas con el objetivo de abolir ese Sacramento, haciendo fácil a cualquiera vivir en pecado, fomentando la procreación de hijos ilegítimos sin la bendición de la Iglesia. Entonces, Nuestra Señora advirtió, “el espíritu cristiano decaerá rápidamente, extinguiendo la preciosa luz de la Fe, hasta alcanzar el punto que habrá una casi total y general corrupción de las costumbres (de la moral), y eso resultará en la falta de vocaciones sacerdotales y religiosas…”





    Vean que aquí claramente no se habla de nulidades.

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  127. Las causales de Bergoglio son de Perogrullo, y algunas ya estaban contempladas en eufemismos del Código de Juan Pablo 2. El positivismo en la Iglesia es un arma terrible, que lo usan para cuando ellos tienen ganas de reventar a alguien. He leído todos los comentarios pero lo que me parece grave y solo lo nombran una vez es el poder que le dan al Obispo. Es misión del Ordinario que en un caso de presunta nulidad hay que acudir a él. Era obvio que en su sabiduría y misericordia aconsejara a la pareja qué hacer antes de ir al Tribunal Eclecíastico. Por experiencia propia, sé desde hace décadas que los obispos no tienen tiempo para esto y para eso estaban los abogados canonistas que lucraban lindo antes que saliera la ley de divorcio de Alfonsín. ¿Los Obispos que se la pasaban delegando funciones propias , inherentes y necesarias a su cargo se van querer a ocupar de los casos de pobres personas que si le interesa la nulidad es porque tienen fe?, Como alguien dijo, a los liberales les importa un bledo la nulidad.

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