jueves, 18 de febrero de 2010

¿Quién se lo dice a la CEA?


Pueden ver en la imagen superior la respuesta de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei a las preguntas que le hiciera oportunamente al obispo de Rzeszów, Polonia, y que eran, en resumidas cuentas, las siguientes:
1. ¿Se puede celebrar en una misma Iglesia el Triduo Pascual en la forma extraordinaria cuando ya ha sido celebrado en el mismo templo en la forma ordinaria?
2. ¿Puede una misa celebrada según la forma extraordinaria reemplazar una misa de horario de una parroquia?
3. ¿Un sacerdote puede establecer en su iglesia una misa regular (scheduled) según la forma extraordinaria aún cuando no haya sido solicitada por ningún grupo de fieles?
4. ¿Pueden utilizarse el calendario, lecturas y prefacios del Misal de 1970 con la misa del Misal de 1962?
5. ¿Pueden los laicos leer las lecturas en lenguas vulgar en la misa celebrada según la forma extraordinaria?

La respuesta es clara. Los dos aspectos que los obispos de la Conferencia Episcopal Argentina, y los más conservadores en particular, como Mons. Aguer y Mons. Taussig, deberían saber es que:
1. Un sacerdote puede introducir en su parroquia una misa de horario celebrada según la forma extraordinaria sin tener un grupo estable de fieles que se lo solicite. Es más, puede hacerlo para introducir a sus fieles en ese tesoro de la Iglesia que es la liturgia latina. O puede hacerlo porque es devoto de Santa Rita, o porque es el cumpleaños de su tía. Es decir, puede hacerlo porque se le da la gana, sin tener que tener otra excusa que presentarle a Su Excelencia.
2. Una misa en forma extraordinaria reemplaza sin ningún problema una misa de horario. No es un acto vergonzante al que un obispo accede porque un cura medio raro se lo pide, pero le exige que no la celebre en día de precepto y que lo haga a las 15 hs., en una capilla sin aire acondicionado.
CURITAS AMIGOS: ANÍMENSE! NO LE TENGAN MIEDO A SU EXCELENCIA, EL PAPA ESTÁ DE VUESTRO LADO.

1 comentario:

  1. POR FAVOR QUE ALGUIEN ENVIE ESTA NOTA DE ECLESSIA DEI A "CHASCHUS" ASI DEJA DE FRENAR LA SANTA MISA DE SIEMPRE EN LA DIOCESIS DE RIO GALLEGOS. AQUI DEJO UN "PEQUEÑO" APORTE HECHO EN SANTA OBENDIENCIA AL PAPA DE PARTE DE CHASCHUS...




    RESERVADO

    Prot. 131/07

    Río Gallegos, 20 de septiembre de 2007



    A LOS SACERDOTES Y DIACONOS

    DE LA DIOCESIS DE RIO GALLEGOS





    Queridos hermanos sacerdotes y diáconos:

    Como ya es de conocimiento de todos ustedes, la Carta Apostólica de Benedicto XVI sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma conciliar de 1970 requiere también la lectura de la Carta que el mismo Papa dirigiera a los Obispos. Aprovecho, queridos sacerdotes, la oportunidad para recomendarles la lectura pausada de ambos textos. Leídos y comentados en las reuniones de los decanatos les permitirán un valioso intercambio de ideas y la posibilidad de asumir en forma fraterna las pautas a seguir en una auténtica Comunión eclesial y junto con su Obispo.

    En ese contexto pues, quiero expresarles algunas indicaciones que deberán tener en cuenta en nuestra Diócesis. Así lo fueron haciendo también ya otros Hermanos en el Episcopado en sus respectivas Iglesias Particulares.



    1.- Se trata de una forma extraordinaria de celebrar la Misa. De allí que esta forma no pueda ser impuesta a los fieles ni oficiada en los horarios habituales de las celebraciones de sus Comunidades parroquiales.

    2.- El sacerdote a quien pidiere un considerable grupo de sus propios fieles esta forma extraordinaria, debe, además de pertenecer a la Comunidad Diocesana, conocer el latín y el rito aprobado por Juan XXIII.

    3.- Además, ante el posible pedido de estos fieles, les pido que traten de escucharlos y entender su posible inquietud; de dialogar con ellos con verdadera caridad pastoral, tratando de hacerles ver la riqueza de la Liturgia en uso y las enormes ventajas que nos ha traído la celebración en nuestra lengua materna.

    4.- Llegado el caso de que un sacerdote diocesano o del clero religioso incorporado a la Diócesis, considere válida la petición, deberá preparar debidamente a los peticionantes para la misma, a fin de que esta celebración extraordinaria facilite la más plena participación en el Sacrificio eucarístico, y no, que resulte una simple novedad o una añorada tradición.

    5.- Esta forma extraordinaria de la Misa deberá celebrarse siempre conforme a las disposiciones vigentes y, en el caso de pretender una cierta periodicidad los peticionantes, deberán presentar el pedido por escrito en nuestra Sede.



    Aprovecho para reiterarles mi disponibilidad para toda consulta al respecto, y enviarles mi paternal saludo en Jesús, Buen Pastor y María Santísima, Señora de Luján.-





    +Juan Carlos Romanín, sdb.

    Padre Obispo





    NOTA: Puedes encontrar los Documentos mencionados en AICA Nº 2639 del 18/07/07, Doc. 661

    ResponderEliminar